Ley 1513 1993-1997 Descarga el documento LEY N 1513 LEY DE 18 DE NOVIEMBRE DE 1993 GONZALO SANCHEZ DE LOZADA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA AGUAS SERVIDAS.- Declárase prioritaria la construcción de plantas para su tratamiento, en ciudades de Potosí. Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL DECRETA: ARTICULO PRIMERO.- Declárase de prioridad regional la construcción de las plantas de tratamiento de aguas servidas para las ciudades de Potosí, Villazón, Tupiza y Cotagaita ubicadas en el Departamento de Potosí. ARTICULO SEGUNDO.- Encomiéndase a la Corporación Regional de Desarrollo de Potosí (CORDEPO), la elaboración de los proyectos hasta el diseño final. ARTICULO TERCERO.- Se autoriza al Poder Ejecutivo el trámite de financiamiento respectivo ante instituciones nacionales y/o internacionales. Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 8 de noviembre de 1993. Fdo. H. JUAN CARLOS DURAN SAUCEDO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUILLERMO BEDREGAL GUTIERREZ, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Andrés Soliz Rada, Senador Secretario.- H. Luis Lema Molina, Senador Secretario.- H. Georg Prestel Kern, Diputado Secretario.- H. Raúl Tovar Piérola, Diputado Secretario. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y tres años. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Presidente Constitucional de la República.- Fernando Romero M., Ministro de Desarrollo Humano.- Ing. Fernando Illanes de la Riva, Ministro de Hacienda y Desarrollo Económico.