Ley 1509 1993-1997 Descarga el documento LEY N 1509 LEY DE 27 DE OCTUBRE DE 1993 GONZALO SANCHEZ DE LOZADA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA ALDEAS INFANTILES S.O.S. JUAN G. BORCHET.- Enajénase un terreno municipal de La Paz, a su favor. Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL DECRETA: ARTICULO UNICO.- Autorízase a la H. Alcaldía Municipal de La Paz, la enajenación de un terreno municipal de 1.900 Mts2 ubicado en el área de equipamiento de la Zona Achumani Alto, en la ciudad de La Paz, a favor de la entidad benefactora, Aldeas Infantiles S.O.S. "JUAN G. BORCHET", con destino a la construcción de una aldea infantil, para servir a la niñez desvalida, homologándose al efecto la Ordenanza Municipal N 40/88 de 13 de septiembre de 1988. Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 20 de octubre de 1993. Fdo. H. JUAN CARLOS DURAN SAUCEDO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. GUILLERMO BEDREGAL GUTIERREZ, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Walter Zuleta Roncal, Senador Secretario.- H. Luis Lema Molina, Senador Secretario.- H. Raúl Tovar Piérola, Diputado Secretario.- H. Mirtha Quevedo Acalinovil, Diputada Secretaria. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de octubre de mil novecientos noventa y tres años. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Presidente Constitucional de la República.- Fernando Romero M., Ministro de Desarrollo Humano.