Ley 148 1960-1964 Descarga el documento AUTORIZASE A LA H. ALCADIA MUNICIPAL DE CAPINOTA, LA VENTA EN SUBASTA PUBLICA DE LOS TERRENOS DE SU PROPIEDAD LEY DE 30 DE DICIEMBRE DE 1961 . VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA ARTICULO 1ª.- Autorizase a la H. AlcaldÃa Municipal de Capinota, departamento de Cochabamba, la venta en subasta pública de los terrenos de su propiedad antiguamente ocupados por la acequia que conducÃa agua a la población de Saca Malla. ARTICULO 2ª.- El monto recaudado por este concepto será destinado a la instalación de agua potable en la población de Capinota. ComunÃquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz 15 de  diciembre   de 1961. Fdo.  Alberto Lavadenz, Presidente del H. Senado Nacional; Edil Sandoval Morón, Presidente de la Cámara de Diputados; Fernando Ayala, Senador Secretario;  Ciro Humboldt, Senador Secretario; Germán Claros, Diputado Secretario; Jorge Canedo, Diputado Secretario Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los treinta  dÃas del mes de diciembre   de mil novecientos sesenta y un años.