Créase el Cantón GENERAL JOSE MANUEL PANDO, en la jurisdicción de la provincia Pacajes del departamento de La Paz, comprendiendo bajo la nueva jurisdicción a las comunidades: CALARI,
SILLA PALA, TEREJRA, ROMERHUNA, COLLPA BELEN Y CHALLAPAMPA, todas de la provincia Pacajes.
ARTICULO 2do.-
Los límites de la nueva jurisdicción son: al Norte, con el cantón Muro Pilar, al Sud, con el cantón Cachíngora; al Este con el cantón Corocoro; y el Oeste con el cantón Rosa Pata
Huancaroma, todos de la provincia Pacajes.
ARTICULO 3ro.-
El Instituto Geográfico Militar, de conformidad con el artículo 6to del Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el
plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de febrero de mil novecientos noventa y tres años.
Fdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde, Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Elena Calderón de Zuleta, Senador
Secretario.- H. Carlos Farah Aquim, Senador Secretario.- H. Ramiro Argandoña Valdez, Diputado Secretario.- H. Arturo Liebers Baldivieso, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de febrero de mil novecientos noventa y tres años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Carlos Saavedra Bruno, Ministro del Interior, Migración, Justicia y Defensa Social.