De conformidad al artículo 59º, atribución 5ª de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Protocolo entre los Gobiernos de Bolivia y la República Popular China,
sobre el otorgamiento del Crédito de Ayuda Militar por China, sobre a Bolivia, suscrito en la ciudad de Beijing, el 8 de mayo de 1992.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de febrero de mil novecientos noventa y tres años.
Fdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde, Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Elena Calderón de Zuleta, Senador
Secretario.- H. Carlos Farah Aquim, Senador Secretario.- H. Ramiro Argandoña Valdez, Diputado Secretario.- H. Arturo Liebers Baldivieso, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de febrero de mil novecientos noventa y tres años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Pablo Zegarra A., Ministro de Finanzas.- Samuel Doria Medina Auza, Ministro de Planeamiento y Coordinación.- Almte.
Alberto Saenz Klinsky, Ministro de Defensa Nacional.