De conformidad con el Artículo 59º, atribución 5ª, de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio de Crédito, suscrito entre la República de Bolivia y la Asociación
Internacional de Fomento (AIF) el día 21 de diciembre de 1992, en el Distrito de Columbia, Estados Unidos de América, por la suma de hasta TRES MILLONES TRESCIENTOS MIL DERECHOS ESPECIALES DE GIRO
(DEG. 3.300.000.-), destinados a financiar el Proyecto de Asistencia Técnica para el Medio ambiente a ser ejecutado por el Fondo Nacional del Medio Ambiente (FONAMA)
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes de febrero de mil novecientos noventa y tres años.
Fdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde, Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Elena Calderón de Zuleta, Senador
Secretario.- H. Oscar Vargas Molina, Senador Secretario.- H. Walter Alarcón Rojas, Diputado Secretario.- H. Arturo Liebers Baldivieso, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de febrero de mil novecientos noventa y tres años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Pablo Zegarra A., Ministro de Finanzas.- Samuel Doria Medina Auza, Ministro de Planeamiento y Coordinación.