Créase la TERCERA SECCION MUNICIPAL, con su capital Las Carreras, en la jurisdicción de la provincia Sud Cinti del departamento de Chuquisaca, comprendiendo bajo la nueva jurisdicción a
los cantones: Las Carreras, San Juan, Lime, La Torre, Impora, Santa Rosa, Socpora y Taraya.
ARTICULO SEGUNDO.-
Los límites de la nueva jurisdicción son. Al Norte, con la Primera Sección Municipal de la provincia Sud Cinti; al Sud, con la provincia Sud Chichas del departamento de Potosí; al Este,
con el río San Juan de Oro, constituyéndose límite natural con el departamento de Tarija y al Oeste, con las provincias Nor y Sud Chichas del departamento de Potosí.
ARTICULO TERCERO.-
El Instituto Geográfico Militar, de conformidad con el Art. 6to del D.S. 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano y fijar los hitos
correspondientes.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de febrero de mil novecientos noventa y tres años.
Fdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde, Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Elena Calderón de Zuleta, Senador
Secretario.- H. Carlos Farah Aquim, Senador Secretario.- H. Ramiro Argandoña Valdez, Diputado Secretario.- H. Arturo Liebers Baldivieso, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de febrero de mil novecientos noventa y tres años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Carlos Saavedra Bruno, Ministro del Interior, Migración, Justicia y Defensa Social.