Autoriza a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones, la instalación del Sistema Digital Multiacceso Rural, distribución de canales telefónicos a través de micro ?ondas, sistema de
energía solar e irradiantes, cuya finalidad es la de ampliar los servicios de telefonía rural en la región occidental, ubicada en las Provincias Cercado, Tomás Barrón, Saucarí, Carangas, Sur y
Nor Carangas, Mejillones, Atahuallpa, Pantaleón Dalence, Poopo, Abaroa, Sebastián Pagador y Litoral, del departamento de Oruro.
ARTICULO SEGUNDO.-
La organización, administración, mantenimiento y puesta en marcha, estará a cargo de la Empresa nacional de Telecomunicaciones, Gerencia Zonal Oruro, y el financiamiento deberá ser
canalizado pot el ente matríz (ENTEL ? BOLIVIA) a través de convenios internacionales y/o recursos propios para la ejecución de dicho proyecto.
ARTICULO TERCERO.-
El Ministerio del ramo queda encargado de la ejecución y cumplimiento de la presente Ley.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los tres días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. H. Jorge Barrientos Zapata, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde, Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Elena Calderón de Zuleta, Senador
Secretario.- H. Carlos Farah Aquim, Senador Secretario.- H. Walter Villagra Romay, Diputado Secretario.- H. Walter Alarcón Rojas, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Pablo Zegarra A., Ministro de Finanzas.- Samuel Doria Medina Auza, Ministro de Planeamiento y Coordinación.- Ing.
Carlos Aponte Pinto, Ministro de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil.