Declárase de prioridad departamental la construcción del camino carretero Villazón ? Yanalpa, en una extensión de 8 km. así como la construcción de un puente sobre el Río Penitencia
en el sector de Agua Chica de la provincia Modesto Omiste del departamento de Potosí.
ARTICULO SEGUNDO.-
Encomiéndase al Servicio Nacional de Caminos y a la Corporación Regional de Desarrollo de Potosí (CORDEPO), la elaboración de los estudios necesarios para concretar la ejecución de la
obra.
ARTICULO TERCERO.-
Autorízase al Poder Ejecutivo y a la Corporación Regional de Desarrollo de Potosí, a gestionar el financiamiento correspondiente para el cumplimiento y ejecución de la presente
Ley.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los once días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde, Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Elena Calderón de Zuleta, Senador
Secretario.- H. Carlos Farah Aquim, Senador Secretario.- H. Walter Villagra Romay, Diputado Secretario.- H. Ramiro Argandoña Valdez, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciséis días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Samuel Doria Medina Auza, Ministro de Planeamiento y Coordinación.- Ing. Carlos Aponte Pinto, Ministro de Transportes,
Comunicaciones y Aeronáutica Civil.- Lic. Pablo Zegarra A., Ministro de Finanzas.