Créase el cantón "ANTHURA", en la jurisdicción de la provincia Tomás Frías del departamento de Potosí, comprendiendo dentro de su jurisdicción a las comunidades: EL CHACO, VILA
PAMPA, AICAMA, SAYACKA, POCO POCO, SURICHATA, KANTA, CUIZA, PISCASI, TOCANTAQUI, HAURCO, FALSURI, GIRIRA, CHIJCHI, LLUCHUTA, JANCKOANCA, VILA CAIMA, COROSOCO y SANTA.
ARTICULO SEGUNDO.-
Los límites de la nueva jurisdicción son: al Norte con el cantón Macha de la provincia Chayanta; al Sud con el cantón Tinquipaya de la provincia Tomas Frías; al Este con el cantón
Tinquipaya de la provincia Tomás Frías y al Oeste con el cantón Culta de la provincia Avaroa del departamento de Oruro.
ARTICULO TERCERO.-
El Instituto Geográfico Militar, de conformidad con el Art. 6to del D.S. 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano y fijar los hitos
respectivos.
Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 27 de octubre de 1992
Fdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde, Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Elena Calderón Zuleta, Senador
Secretario.- H. Carlos Farah Aquim, Senador Secretario.- H. Walter Villagra Romay, Diputado Secretario.- H. Walter Alarcón Rojas, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Lic. Carlos Saavedra Bruno, Ministro del Interior, Migración Justicia y Defensa Social.