Créase el cantón TABLA CHACA, en la jurisdicción de la Provincia Loayza del departamento de La Paz, con límites: al Norte con el Cantón Caxata, de la Provincia Loayza, al Sur con el
Cantón Villa Puchini, de la Provincia Loayza; al este con el Cantón Franz Tamayo, de la Provincia Inquisivi; y al Oeste con los Cantones Yaco y Llipi Llipi de la Provincia Loayza.. Todos del
departamento de La Paz.
ARTICULO 2º.-
La nueva jurisdicción comprende a las comunidades de Titini, Huayllani, Huari Umaña, Chánk ?uyo, Caluyo y Tablacha.
ARTÍCULO 3º.-
En conformidad con el Art. 6º, del Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar queda encargado de efectuar la demarcación, levantar el plano y
fijar los hitos respectivos.
Pase al Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintitrés días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. H. Guillermo Fortún Suárez, Presidente Honorable Senado Nacional.- H. Gastón Encinas Valverde Presidente Honorable Cámara de Diputados.- H. Carlos Farah Aquim, Senador Secretario.-
H. Oscar Vargas Molina, Senador Secretario.- H. Arturo Liebers Baldivieso, Diputado Secretario.- H. Walter Villagra Romay, Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de octubre de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA, Presidente Constitucional de la República.- Ing. Carlos Saavedra Bruno, Ministro del Interior, Migración, Justicia y Defensa Social.