Ley 133 1960-1964 Descarga el documento AUTORIZASE A LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE PORTACHUELO A VENDER EN SUBASTA PUBLICA EL INMUEBLE DE SU PROPIEDAD LEY DE 15 DE DICIEMBRE DE 1961 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1ª.- Autorizase a la Alcaldía Municipal de Portachuelo, capital de la provincia El Sara, departamento de Santa Cruz, a vender en pública subasta el inmueble de su propiedad situado sobre la calle Warnes, con una superficie total de 504,30 mts2. ARTICULO 2ª.- Los fondos provenientes de dicha subasta serán destinados a cubrir el presupuesto de construcción del mercado público de dicha localidad. Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz 7 de diciembre de 1961. Fdo. Federico Fortún, Presidente del H. Senado Nacional; Edil Sandoval Morón, Presidente de la Cámara de Diputados; Francisco Morales, Senador Secretario; Ciro Humboldt , Senador Secretario; Alfredo Aguirre , Diputado Secretario; Jorge Canedo, Diputado Secretario Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y un años .