.-. Declárase de prioridad nacional la construcción de la carretera asfaltada Tarija - Entre Ríos - Villamontes.
ARTICULO SEGUNDO
.- Incorpórase esta carretera a la red fundamental caminera del país.
ARTICULO TERCERO
.- Autorízase a los Ministros de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, de Planeamiento y Coordinación y de Finanzas concretar financiamiento internacional para su
construcción.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los trece días del mes de abril de mil novecientos noventa y dos años
Fdo. H. GUILLERMO FORTÚN SUAREZ PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL - H. GASTON ENCINAS VALVERDE PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS -H. ELENA CALDERON DE ZULETA Senador Secretario -
H. OSCAR VARGAS MOLINA Senador Secretario H. WALTER VILLAGRA ROMAY Diputado Secretario - H. RAMIRO ARGANDOÑA VALDEZ Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de abril de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA - CARLOS APONTE PINTO Ministro de Transportes Comunicaciones y Aeronáutica Civil- JORGE QUIROGA RAMIREZ Ministro de Finanzas
- SAMUEL DORIA MEDINA AUZA Ministro de Planeamiento y Coordinación.