Créase el Cantón "VILLA EL CARMEN" de la Provincia Cornelio Saavedra del Departamento de Potosí, comprendiendo las siguientes comunidades: LEQUEZANA, RETIRO, TARHUI CANCHA, SANTIAGO KASA
HUASI, SANTA ANA, KELLU KOCHA, SIJLLANI, SAN ISIDRO, MOSUNA ALTA, CHALQUINA, BUEYE TAMBO, MOLLE HUAYKO, PUMA HUAYCO, PUMA HUAYQUILLO, CHARORRILLO, todas de la Provincia Cornelio Saavedra.
ARTICULO 2º
.- Los límites de la nueva jurisdicción son: al Norte con el Cantón Otuyo de la Provincia Cornelio Saavedra, al Sud con el Cantón Miculpaya de la Provincia Linares, al Este con el
Cantón Esquiri de la Provincia Linares y al Oeste con los Cantones Betanzos y Quivincha de la Provincia Cornelio Saavedra.
ARTICULO 3º
.- El Instituto Geográfico Militar de conformidad a lo dispuesto con el Art. 6to. del D.S. de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar la delimitación y fijar los hitos
correspondientes.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinticuatro días del mes de febrero de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. H. JORGE INCHAUSTE ZELAYA PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL - H. GASTON ENCINAS VALVERDE PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS- H. ELENA CALDERON DE ZULETA Senador Secretario -
H. CARLOS FARAH AQUIM Senador Secretario - H. RAMIRO ARGANDOÑA VALDEZ Diputado Secretario - H. WALTER VILLAGRA ROMAY Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de marzo de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA - CARLOS SAAVEDRA BRUNO Ministro del Interior Migración Justicia y Defensa Social.