Créase el Cantón CHUA COCANI, en la jurisdicción de la provincia Omasuyos del departamento de La Paz, comprendiendo bajo la nueva jurisdicción a las comunidades : CHUA COCANI, CHUA
QUELANI, JICHUPATA, MARCA CHUA, CALUYO y JANKHO KALA.
ARTICULO SEGUNDO.-
Los límites de la nueva jurisdicción son: al Norte, con el cantón Achacahi; al Sud, con el Lago Titicaca; al Este, con el cantón Huatajata y al Oeste con el cantón Janco Amaya; todos
de la provincia Omasuyos.
ARTICULO TERCERO.-
El Instituto Geográfico Militar, de conformidad con el Art. 6to. del D.S. No. 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano y fijar los
hitos respectivos.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los once días del mes de marzo de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, Presidente H. Senado Nacional - H. Fernando Kieffer Guzmán, Presidente H. Cámara de Diputados - H. José Taboada Calderón de la Barca, Senador Secretario
H. Senado Nacional - H. José Luis Carvajal Palma, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. Enrique Toro Tejada, Diputado Secretario - H. Armando De la Parra Soria, Diputado Secretario
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de marzo de mil novecientos noventa y un años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA,
Lic. Carlos Saavedra Bruno, Ministerio del Interior, Migración y Justicia.