Encomiéndase a la Empresa Nacional de Ferrocarriles ENFE, a la Corporación de Desarrollo de Tarija CODETAR y a la Corporación de Desarrollo de Potosí, CORDEPO, la realización, en forma
coordinada, de los estudios de factibilidad técnico-económicos y diseño final del tramo ferroviario mencionado, para cuyo efecto quedan autorizadas a realizar las gestiones necesarias para la
obtención de los recursos correspondientes.
ARTICULO 3º.-
Autorízase al Poder Ejecutivo gestionar financiamiento interno y externo de los recursos necesarios para la ejecución de obras.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los cuatro días del mes de febrero de mil novecientos noventa y un años.
Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, Presidente H. Senado Nacional - H. Fernando Kieffer Guzmán, Presidente H. Cámara de Diputados - H. Leopoldo Fernández Ferreira, Senador Secretario H.
Senado Nacional - H. José Luis Carvajal Palma, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. Enrique Toro Tejada, Diputado Secretario
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de febrero de mil novecientos noventa y un años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA,
Lic. Willy Vargas Vacaflor, Ministro de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil - David Blanco Zabala, Ministro de Finanzas - Enrique García Rodríguez, Ministerio de Planeamiento
y Coordinación.