Ley 1222 1989-1993 Descarga el documento LEY No. 1222 LEY DE 27 DE DICIEMBRE DE 1990 JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA ENAJENACION DE TERRENOS. Autorízase al Banco Minero de Bolivia de los ubicados en Achachicala y Chasquipampa de La Paz y en Las Delicias y ex fundo San Antonio de Potosí Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, D E C R E T A: ARTÍCULO UNICOº.- Autorízase al Banco Minero de Bolivia, la enajenación de los terrenos ubicados en las regiones de Achachicala y Chasquipampa de la ciudad de la Paz,, con una superficie de 38.200 metros cuadrados y de los ubicados en la región de "Las Delicias" exfundo "San Antonio" del departamento de Potosí, en la superficie de 33.313 metros cuadrados, en conformidad con la Resolución NO. 32/87 dictado por el Directorio del Banco Minero de Bolivia, en 6 de julio de 1987. Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos noventa años. Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, Presidente H. Senado Nacional - H. Leopoldo López Cossío, Presidente H. Cámara de Diputados - H. Leopoldo Fernández Ferreira, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. José Luis Carvajal Palma, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. Enrique Toro Tejada, Diputado Secretario - H. Luis Morgan López Baspineiro, Diputado Secretario Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de diciembre de mil novecientos noventa años. FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Ing. Walter Soriano Lea Plaza, Ministro de Minería y Metalurgia