Se dispone el traspaso del derecho propietario de los terrenos ubicados en la localidad de San José, km. 25 carretera Santa Cruz - Cochabamba, de 5 hectáreas, 8,400 m2 de superficie de su
anterior propietario ex CBF, en favor del Comité de Obras Deportivas Departamentales de Santa Cruz, con destino a crear infraestructuras deportivas que beneficie a la juventud y niñez de esa
localidad y sus alrededores, con una superficie de 4 hectáreas.
ARTICULO 2º.-
El saldo de terreno de 18.400 m2. al que se refiere el artículo anterior, se destina para obras de interés social que beneficie a la población de San José, de acuerdo a sus necesidades
prioritarias, bajo la responsabilidad de las autoridades municipales de su jurisdicción (la guardia).
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos noventa años.
Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, Presidente H. Senado Nacional - H. Leopoldo López Cossío, Presidente H. Cámara de Diputados - H. Leopoldo Fernández Ferreira, Senador Secretario H.
Senado Nacional - H. José Luis Carvajal Palma, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. Enrique Toro Tejada, Diputado Secretario - H. Luis Morgan López Baspineiro, Diputado Secretario
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de diciembre de mil novecientos noventa años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA,
Ing. Walter Soriano Lea Plaza, Ministro de Minería y Metalurgia, Ministro de Finanzas - Enrique García Rodríguez, Ministro de Planeamiento y Coordinación