Créase el Cantón "Villa Rosario" en la jurisdicción de la Provincia Camacho del Departamento de La Paz, comprendiendo dentro de la nueva jurisdicción a las Comunidades : OCOCOYA GRANDE,
OCOCOYA CENTRO, OCOCOYA CHICO, HUAYCAPATA é ISQUILLANI.
ARTICULO SEGUNDO.-
Los límites de la nueva jurisdicción son: Al Norte con la Provincia Bautista Saavedra, al sur con los Cantones Mocomoco e italaque de la Provincia Camacho y con la Provincia Muñecas y al
Oeste con la República del Perú.
ARTICULO TERCERO.-
El Instituto Geográfico Militar, de conformidad con el Art. 6to. del D.S. 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las siguientes delimitaciones, levantar el plano y
fijar los hitos respectivos.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los tres días del mes de diciembre de mil novecientos noventa años.
Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, Presidente H. Senado Nacional - H. Leopoldo López Cossío, Presidente H. Cámara de Diputados - H. Leopoldo Fernández Ferreira, Senador Secretario H.
Senado Nacional - H. José Luis Carvajal Palma, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. Armando De la Parra Soria, Diputado Secretario - H. Luis Morgan López Baspineiro, Diputado
Secretario
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de diciembre de mil novecientos noventa años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA,
Lic. Guillermo Capobianco Ribera, Ministro del Interior, Migración, Justicia y Defensa Social