Declárase de prioridad regional y nacional, la construcción del Acueducto Río San Juan - ciudad de Potosí, con el objeto de superar el dramático problema de abastecimiento de agua de
la ciudad de Potosí.
ARTICULO 2º.-
Autorízase al Poder Ejecutivo, gestionar el financiamiento necesario para la ejecución de esta obra, debiendo incorporarse el monto requerido en el Presupuesto General de la nación,
correspondiente a la Gestión, correspondiente a la Gestión 1991.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de noviembre de mil novecientos noventa años.
Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, Presidente H. Senado Nacional - H. Leopoldo López Cossío, Presidente H. Cámara de Diputados - H. José Luis Carvajal Palma, Senador Secretario H. Senado
Nacional - H. Leopoldo Fernández Ferreira, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. Luis Morgan López Baspineiro, Diputado Secretario - H. Enrique Toro Tejada, Diputado Secretario
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de noviembre de mil novecientos noventa años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA,
Lic. Armando Méndez Morales, Ministro de Finanzas a.i., Lic. Marcelo Zalles B., Ministro a.i. de Planeamiento y Coordinación, Sra. Elena Velasco de Urresti, Ministro de Asuntos
Urbanos.