Créase el Cantón "PANIAGUA", en la jurisdicción de la provincia Larecaja del Departamento de La Paz, comprendiendo a las siguientes comunidades: UNUTULUNI, TIHUANANI, TUJOJAHUIRA,
CHUQUINI, y PANIAGUA, cuya capital será la comunidad de "Paniagua"
ARTICULO 2º .-
Los límites de la nueva jurisdicción político administrativa son : Al Norte, con el Cantón Sarampiuni; Al Sud, con el Cantón Chacapa; Al Este con el Cantón Tipuani y al Oeste con el
Cantón Lijhuata.
ARTICULO 3º.-
El Instituto Geográfico Militar, en conformidad con el Art. 6to. del D.S. de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano y fijar los hitos
correspondientes.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de septiembre de mil novecientos noventa años.
Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, Presidente H. Senado Nacional - H. Fernando Kieffer Guzmán, Presidente H. Cámara de Diputados - H. José Luis Carvajal Palma, Senador Secretario H. Senado
Nacional - José Taboada Calderón de la Barca, Senador Secretario H. Senado Nacional - H. Armando De la Parra Soria, Diputado Secretario - José Luis Morgan López Baspineiro, Diputado
Secretario
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de septiembre de mil novecientos noventa.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA,
Lic. Guillermo Capobianco Ribera, Ministro del Interior, Migración, Justicia y Defensa Social - Lic. Raul Loayza Montoya, Ministro del Interior, Migración y Justicia a.i.