.- De conformidad con el artículo 59 atribución 5. de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo, suscrito entre la República de Bolivia y el Fondo
Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA), el día 16 de febrero de 1990, en la ciudad de La Paz, por la suma de OCHO MILLONES OCHOCIENTOS MIL DOLARES AMERICANOS ($us
8.800.000.-) destinados a cofinanciar el Proyecto Acceso Chimoré Yapacaní.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los trece días del mes de junio de mil novecientos noventa años.
Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzmán, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. José Luis Carvajal Palma, SENADOR
SECRETARIO.- H. José Taboada Calderón de la Barca, SENADOR SECRETARIO.- H. Luis Morgan López Baspineiro, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Enrique Toro Tejada, DIPUTADO SECRETARIO.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de junio de mil novecientos noventa años.
Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.- Enrique García Rodríguez, MINISTRO DE PLANEAMIENTO Y COORDINACION.- Willy Vargas Vacaflor, MINISTRO DE TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES.