.- De conformidad con el artículo 59, inciso 12, de la Constitución Política del Estado, apruébase y ratifícase el "Convenio Rodrigo Lara Bonilla entre los Países del Acuerdo de
Cartagena, sobre cooperación para la Prevención del Uso indebido y la Represión del Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas", suscrito en Lima el 30 de abril de
1986.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintitrés días del mes de mayo de mil novecientos noventa años.
Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzmán, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. José Luis Carvajal Palma, SENADOR
SECRETARIO.- H. José Taboada Calderón de la Barca, SENADOR SECRETARIO.- H. Luis Morgan López Baspineiro, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Armando De la Parra Soria, DIPUTADO SECRETARIO.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de mayo de mil novecientos noventa años.
Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.- Jorge Soruco V., MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.