- Declárase de necesidad y prioridad regionales la construcción de la carretera entre las poblaciones de Challapata Sevaruyo - Salinas de Garci Mendoza del departamento de Oruro.
ARTICULO 2
- Encomiéndase a la Corporación de Desarrollo de Oruro la elaboración del estudio de factibilidad técnico - económico y diseño final de la carretera, en coordinación con el Servicio
Nacional de Caminos.
ARTICULO 3
.- Autorízase al Poder Ejecutivo a tramitar, ante organismos internacionales y/o nacionales, los recursos suficientes, para financiar los estudios de preinversión y la construcción de la
carretera.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de febrero de mil novecientos noventa años.
Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzmán, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. José Luis Carvajal Palma, SENADOR
SECRETARIO.- H. José Taboada Calderón de la Barca, SENADOR SECRETARIO.- H. Enrique Toro Tejada, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Armando De la Parra Soria, DIPUTADO SECRETARIO.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de febrero de mil novecientos noventa años.
Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.- Lic. Willy Vargas Vacaflor, MINISTRO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES.- Arq. Jorge Urquidi Barrau, MINISTRO DE PLANEAMIENTO
Y COORDINACION.