ARTICULO 1o.- Autorízase a la Corporación Minera de Bolivia, la enajenación a título gratuito, de lotes de terreno de su propiedad, destinados a la construcción
de viviendas de carácter social para los trabajadores del Centro Minero San José de la ciudad de Oruro.
Cada lote, en su mayoría de 250 metros cuadrados se distribuirán de la siguiente manera:
Sector "La Colorada" 129 lotes
Sector "Itos" 347 lotes
Lotes recuperados judicialmente 33
ARTICULO 2.- Se encomienda a la COMIBOL, los trámites legales y perfeccionamiento de la transferencia de los lotes mencionados.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales:
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 25 de octubre de 1989.
Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzmán, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. José Luis Carvajal Palma, SENADOR
SECRETARIO.- H. José Taboada Calderón de la Barca, SENADOR SECRETARIO.- H. Enrique Toro Tejada, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Luis Morgan López Bapiñeiro, DIPUTADO SECRETARIO.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, al primer día del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y nueve años.
Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.- Ing. Walter Soriano Lea Plaza, MINISTRO DE MINERIA Y METALURGIA.