Ley 1108 1989-1993 Descarga el documento LEY No 1108 LEY DE 22 DE SEPTIEMBRE DE 1989 JAIME PAZ ZAMORA PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CIUDAD UNIVERSITARIA "GABRIEL RENE MORENO". Declárase de prioridad nacional el proyecto de su creación. Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA: Artículo 1o .- Se declara de prioridad nacional, el proyecto de creación de la ciudad Universitaria "Gabriel René Moreno" en todo el área de sus terrenos señalados por oficinas del Plan Regulador, comprendidas en la U.V. 32 del plano de la cidudad de Santa Cruz, cuyos límites son : Al norte, con Av. Busch; al Sud, Av. Universidad; al Este, Av. 26 de Febrero, y al Oeste, con el 3 Anillo de Circunvalación con una superficie de 589.346 m2, adicionales a los terrenos del Campus Universitario propios de su pertenencia. Artículo 2.- Se autoriza la contratación y financiamiento nacional o extranjero, a la U.A.G.R.M., con garantía del Estado por intermedio del Banco Central de Bolivia, con destino a la obra y construcción de la Ciudad Universitaria. Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional. La Paz, 19 de septiembre de 1989. Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Fernando Kieffer Guzmán, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. Leopoldo Fernández Ferreira, SENADOR SECRETARIO.- H. José Luis Carvajal Palma, SENADOR SECRETARIO.- H. Luis Morgan López Baspiñeiro, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Carlos Eduardo Garcia Suárez, DIPUTADO SECRETARIO. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y nueve años. Fdo. Jaime Paz Zamora, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.- Dr. Mariano Baptista Gumucio, MINISTRO DE EDUCACION Y CULTURA.