Ley 1099 1985-1989 Descarga el documento LEY No 1099 LEY DE 5 DE AGOSTO DE 1989 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA. Proclámase a Jaime Paz Zamora y Luis Ossio Sanjinés. Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA: Artículo Primero .- Proclámase Presidente Constitucional de la República al ciudadano Lic. Jaime Paz Zamora y Vicepresidente Constitucional de la República al ciudadano Dr. Luís Ossio Sanjinés elegidos en la sesión del H. Congreso Nacional Ordinario del día de hoy, por el periodo constitucional del 6 de agosto de 1989 al 6 de agosto de 1993, de acuerdo a los artículos 87, 90 y 91 de la Constitución Política del Estado. Artículo Segundo .- El Juramento de Ley y la solemne investidura de los ciudadanos proclamados, se efectuará en la Sesión del H. Congreso Nacional del día 6 de agosto de 1989, con el ceremonial de estilo. Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional a los cinco días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y nueve. Fdo. H. Gonzalo Valda Cárdenas, PRESIDENTE HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. Leopoldo López Cossio, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. Leopoldo Fernández Ferreira, SENADOR SECRETARIO.- H. José Carvajal Palma, SENADOR SECRETARIO.- H. Luis Morgan López Baspiñeiro, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Enrique Toro Tejada, DIPUTADO SECRETARIO. Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y nueve años. Fdo. Dr. Victor Paz Estenssoro, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.- Dr. Walter Humberto Zuleta R., MINISTRO SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA.