Ley 1084 1985-1989 Descarga el documento LEY N 1084 LEY DE 21 DE FEBRERO DE 1989 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CANTON RIVERA ALTA. Créase en la Provincia Gualberto Villarroel, La Paz. Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, D E C R E T A : Artículo Primero. - Créase el Cantón "RIVERA ALTA", en la jurisdicción de la Provincia Gualberto Villarroel del Departamento de La Paz, comprendiendo bajo la nueva jurisdicción a la comunidad de Rivera Centro, de la misma provincia. Artículo Segundo. - Los límites de la nueva jurisdicción: son: al Norte, con el Cantón Millamilla de la Provincia Aroma; al Sur, con el Cantón Urapata de la Provincia Gualberto Villarroel; al Este con el Cantón Quelcata de la Provincia Tomás Barrón y al Oeste con el Cantón Tupac katari de la Provincia Gualberto Villarroel. Artículo Tercero. -, De conformidad a las disposiciones del Art. 6to. del D.S. N 2282 de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar queda en cargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos. Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, al primer día del mes de febrero de mil novecientos ochenta y nueve años. FDO. H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. ERNESTO MOLINA PANDURO, Senador Secretario.- H. ULISES HURTADO CUÉLLAR, Diputado Secretario.- H ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario. Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y nueve años. Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.- JUAN CARLOS DURAN SAUCEDO, Ministro del Interior, Migración y Justicia.