Ley 1072 1985-1989 Descarga el documento LEY N 1072 LEY DE 21 DE FEBRERO DE 1989 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CANTON ALTO ILLIMANI. Créase en la Provincia Nor Yungas, La Paz. Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, D E C R E T A : Artículo Primero. - Créase el Cantón "ALTO ILLIMANI", en la jurisdicción de la Provincia Nor Yungas del Departamento de La Paz, con su Capital Alto Illimani, comprendiendo bajo la nueva jurisdicción de las Comunidades: ILLIMANI "B", MEJILLONES, ILLIMANI "A", VILLARROEL, VILLARROEL 2, VILLARROEL SEGUNDO GRUPO, ILLIMANI GRUPO "B", 10 DE FEBRERO, ILLIMANI GRUPO "C", 10 DE FEBRERO Y CUMBRE. Artículo Segundo. - Los Límites de la nueva jurisdicción son: al Norte, con el Cantón Villa Elevación y Cantón Carrasco; al Sud, con el Cantón Santa Fé y Cantón Caranavi; al Este, con el Cantón San Pablo y al Oeste con el Cantón Villa Elevación, todas de la Provincia Nor Yungas. Artículo Tercero. - El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al Art. 6to. del D.S. N 2282 de 5 de diciembre de 1950, efectuará las delimitaciones y fijará los hitos correspondientes. Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, al primer día del mes de febrero de mil novecientos ochenta y nueve años. FDO. H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. ERNESTO MOLINA PANDURO, Senador Secretario.- H. ULISES HURTADO CUÉLLAR, Diputado Secretario.- H ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario. Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y nueve años. Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.- JUAN CARLOS DURAN SAUCEDO, Ministro del Interior, Migración y Justicia.