Ley 1070 1985-1989 Descarga el documento LEY N 1070 LEY DE 21 DE FEBRERO DE 1989 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CANTON ROSARIO ENTRE RIOS. Créase en la Provincia Nor Yungas, La Paz. Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, D E C R E T A : ARTICULO 1. - Créase el Cantón "ROSARIO ENTRE RIOS", en la jurisdicción de la Provincia Nor Yungas del Departamento de La Paz, comprendiendo bajo la nueva jurisdicción a las Comunidades: COLONIA EXALTACION, ENTRE RIOS, UNION BEREA, COPACABANA, WALDO BALLIVIAN, MAGALLANES, TUPAC KATARI, KANTUTANI Y UNION CAMACHO. ARTICULO 2. - Los Límites de la nueva jurisdicción son: al Norte, con el Cantón Carrasco; al Sud, con el Cantón San Lorenzo; al Este, con la Provincia Sud Yungas y Oeste con el Cantón San Lorenzo de la Provincia Nor Yungas. ARTICULO 3. - El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al Art. 6to. del D.S. N 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano y fijar los hitos correspondientes. Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los un días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y nueve años. FDO. H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. ERNESTO MOLINA PANDURO, Senador Secretario.- H. NEISA ROCA HURTADO, Diputado Secretario.- H ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario. Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y nueve años. Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.- JUAN CARLOS DURAN SAUCEDO, Ministro del Interior, Migración y Justicia.