Ley 1059 1985-1989 Descarga el documento LEY N 1059 LEY DE 15 DE FEBRERO DE 1989 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CONVENIO CON AIF FORTALECIMIENTO DE LA GESTION ECONOMICA DEL SECTOR PUBLICO. Apruébase el de Crédito de Fomento, suscrito el 4 de enero de 1989, por DEG 7.147.067, con destino a dicho fortalecimiento. Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, D E C R E T A : ARTICULO UNICO. - En cumplimento del Artículo 59 inciso. 5) de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio de Crédito de Fomento 1977 BO suscrito el 4 de enero de 1989, entre la República de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento (IDA) por el equivalente de SIETE MILLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL SESENTA Y SIETE 00/100 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO a desembolsarse en varias monedas, con destino al fortalecimiento de la Gestión Económica del Sector Público (EMSO). Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 30 de enero de 1989. FDO. H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. ERNESTO MOLINA PANDURO, Senador Secretario.- H. NEISA ROCA HURTADO, Diputado Secretario.- H ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario. Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y nueve años. Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.- RAMIRO CABEZAS MASSES, Ministro de Finanzas.- FERNANDO ROMERO MORENO, Ministro de Planeamiento y Coordinación.