Ley 1036 1985-1989 Descarga el documento LEY N 1036 LEY DE 7 DE DICIEMBRE DE 1988 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA INSTITUTO SUPERIOR DE COMERCIO DE COCHABAMBA. Transfiérese inmueble ubicado en la calle Jordán de Cochabamba, con destino a su funcionamiento. Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, D E C R E T A : ARTICULO UNICO. - Dispónese la transferencia del inmueble situado en la calle Jordán N E-136, de propiedad del Banco Central de Bolivia, actualmente desocupado y sin uso, a favor del Ministerio de Educación y Cultura, con destino al funcionamiento del Instituto Superior de Comercio N 2 de la ciudad de Cochabamba. Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 7 de noviembre de 1988. FDO. H. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. CARLOS AZAD ARCE, Senador Secretario.- H. NEISA ROCA HURTADO, Diputado Secretario.- H. ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario. Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a siete días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y ocho años. Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.- RAMIRO CABEZAS MASSES, Ministro de Finanzas.- ENRIQUE IPIÑA MELGAR, Ministro de Educación y Cultura.