Ley 1033 1985-1989 Descarga el documento LEY N 1033 LEY DE 28 DE NOVIEMBRE DE 1988 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA MONEDA. Amplíase el término para el canje del peso boliviano por la nueva moneda "Boliviano". Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, D E C R E T A : ARTICULO UNICO. - Se amplía el término de vigencia establecido en la Ley 956 de 29 de octubre de 1987, para el canje de la moneda antigua de Pesos Bolivianos y Cheques de Gerencia, por la nueva moneda denominada Boliviano, a cargo del Banco Central de Bolivia, hasta el 31 de diciembre de 1989. El Peso Boliviano y los Cheques de Gerencia dejarán de tener curso legal y forzoso a partir del 1 de enero de 1990, quedando sin poder liberatorio y sin valor alguno. Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veintidos días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y ocho años. FDO. H. ENRIQUE PRADA ABASTO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. CARLOS AZAD ARCE, Senador Secretario.- H. ERNESTO MOLINA PANDURO, Senador Secretario.- H. NEISA ROCA HURTADO, Diputado Secretario.- H. FERNANDO KIEFFER GUSMAN, Diputado Secretario. Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a veintiocho días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y ocho años. Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.- RAMIRO CABEZAS MASSES, Ministro de Finanzas.