Ley 1031 1985-1989 Descarga el documento LEY N 1031 LEY DE 18 DE NOVIEMBRE DE 1988 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA CANTON TOMOYO. Créase en la provincia Chayanta de Potosí. Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, D E C R E T A : Artículo Primero. - Créase el Cantón TOMOYOCOLOPAMPA GRANDE, en la jurisdicción de la provincia Chayanta del departamento de Potosí, con límites: al Norte, con el Cantón Moscari, Provincia Charcas del departamento de Potosí; al Sud, con el Cantón Senojo de la Provincia Chayanta del departamento de Potosí; al Este, con el Cantón Tocorani de la Provincia Chayanta del departamento de Potosí; y al Oeste, con el Cantón San Juan de Arrospata de la Provincia Chayanta del departamento d4e Potosí. Artículo Segundo. - La nueva jurisdicción comprende a las comunidades: Siquiari, Ticuri, Ticipampa, Ichipucro, Challacamiraya, Chalacuro, Pampa Huta y Tolamoco. Artículo Tercero. - En conformidad con el artículo 6to. del Decreto Supremo 2282 de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar queda encargado de efectuar la demarcación, levantar el plano y fijar los hitos correspondientes. Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional. La Paz, noviembre 11 de 1988 FDO. H. RAUL LEMA PATIÑO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. CARLOS AZAD ARCE, Senador Secretario.- H. ANGEL GUTIERREZ ALVARADO Diputado Secretario.- H. ULISES HURTADO CUÉLLAR, Diputado Secretario. Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y ocho años. Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.- JUAN CARLOS DURÁN SAUCEDO, Ministro del Interior, Migración y Justicia.