Ley 1026 1985-1989 Descarga el documento LEY N 1026 LEY DE 31 DE OCTUBRE DE 1988 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA SISTEMA DE RIEGO EN CULPINA. Se autoriza conseguir financiamiento para estudio y ejecución de un sistema de riego con aguas subterráneas. Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, D E C R E T A : ARTICULO 1. - Se autoriza al Poder Ejecutivo conseguir financiamiento y recursos técnicos necesarios para efectuar los estudios de factibilidad, perforaciones, diseño final y ejecución de un sistema de riego de aguas subterráneas en la zona de Culpina, provincia Sud Cinti del departamento de Chuquisaca. ARTICULO 2. - Encomiéndase a los Ministerios de Planeamiento y Coordinación y Asuntos Campesinos y Agropecuarios para que conjuntamente la Corporación de Desarrollo de Chuquisaca (CORDECH), establezcan una unidad operativa, con la finalidad de promover y conseguir el cumplimiento de los propósitos de la presente ley. Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y ocho años. FDO. CIRO HUMBOLDT BARRERO, PRESIDENTE DEL H. SENADO NACIONAL.- H. WÁLTER SORIANO LEA PLAZA, PRESIDENTE DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS.- H. ALFREDO CUÉLLAR VARGAS, Senador Secretario.- H. CARLOS AZAD ARCE, Senador Secretario.- H. ANGEL GUTIERREZ ALVARADO, Diputado Secretario.- H. ULISES HURTADO CUÉLLAR, Diputado Secretario. Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y ocho años. Fdo. VICTOR PAZ ESTENSSORO, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA.- JOSE GUILLERMO JUSTINIANO, Ministro de Asuntos Campesinos y Agropecuarios.- FERNANDO CANDIA CASTILLO, Ministro de Planeamiento y Coordinación a.i.- ALFONSO REVOLLO, Ministro de Finanzas.