Ley 10 1960-1964 Descarga el documento ALCALDÍA TARIJA, SE AUTORIZA PERMUTA DE TERRENOS LEY DE 26 DE SEPTIEMBRE DE 1960 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL DECRETA: ARTICULO UNICO.- Se autoriza a la Municipalidad de Tarija para que permute los terrenos de su propiedad con los de Fresia Lema Aráoz, los cuales serán destinados a la construcción de un Colegio Secundario, debiendo sujetarse la permuta a los términos, condiciones y superficies especificadas en la escritura pública Nª 23/59 de 8 de diciembre de 1959, la misma que queda aprobada en los términos de su redacción. Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines Constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 15 de septiembre de 1960. Fdo. Juan Lechín Oquendo, Presidente del H. Senado Nacional; Egberto Ergueta Q., Presidente de la Cámara de Diputados; Julio Calvo C., Senador Secretario; Francisco Morales Pérez, Senador Secretario; Guillermo Muñoz de la Barra, Diputado Secretario; Mario Roncal A., Diputado Secretario. POR TANTO: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de septiembre de mil novecientos sesenta años.