Ley 697 1985 Descarga el documento LEY N 697 LEY DE 12 DE ENERO DE 1985 HERNAN SILES ZUAZO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA ARCILLA.- Se revierte a favor de la Alcaldía de La Paz todas las concesiones explotadas y por explotar. Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL DECRETA: ARTICULO UNICO.- Reviértese a favor de la Honorable Alcaldía Municipal de La Paz, todas las concesiones de arcilla explotadas y por explotar, dentro del radio urbano de la ciudad, las cuales serán utilizadas para áreas verdes o para usos contemplados dentro de reglamentaciones técnicas que precautelen la estabilidad de suelos y la preservación del medio ambiente. Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los veinte días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro años. H. HEBERTO CASTEDO LLADO, Presidente del H. Senado Nacional.- H. SAMUEL GALLARDO LOZADA, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- H. Luis Pelaez Rioja, Senador Secretario.- H. Mario Rolón Anaya, Senador Secretario.- H. Guido Camacho Rodríguez, Diputado Secretario.- H. Jaime Villegas Durán, Diputado Secretario. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de enero de mil novecientos ochenta y cinco años. HERNAN SILES ZUAZO, Presidente Constitucional de la República.- Federico Alvarez Plata, Ministro del Interior, Migración y Justicia.