Ley 65 1960-1964 Descarga el documento COMITÉ PRO- FESTEJOS IV CENTENARIO SANTA CRUZ LEY DE 27 DE DICIEMBRE DE 1960 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1ª.- En el transcurso del 26 de febrero de 1961 y 26 de febrero de 1963 el Comité Pro Festejos del IV Centenario de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, planeará y ejecutará las obras conmemorativas  de este fausto acontecimiento de acuerdo con los recursos asignados por ley. ARTICULO 2ª.- El Poder Ejecutivo cerrará los homenajes del IV Centenario el 26 de febrero de 1963. ComunÃquese al Poder Ejecutivo para los fines Constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 22 de diciembre   de 1960. Fdo. R. Julio C, Presidente del H. Senado Nacional; E. Ayala Mercado, Presidente de la Cámara de Diputados; Carmelo Cuellar, Senador Secretario; Jaime Manuning, Senador Secretario; Guillermo Muños de la Barra, Diputado Secretario; Armando Mollinedo Diputado Secretario. POR TANTO: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los  veintisiete  dÃas del mes de diciembre  de mil novecientos sesenta años.