Ley 61 1960-1964 Descarga el documento CREASE SECCION MUNICIPAL EN CINTI LEY DE 20 DE DICIEMBRE DE 1960 VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO 1ª.- Crease la Segunda Sección Municipal de la provincia Sud Cinti del departamento de Chuquisaca, cuya capital será la población de Culpina. ARTICULO 2ª.- La nueva Sección Municipal comprenderá los siguientes cantones: Salitre, La Cueva, Pilaya, La Ciénega, La Loma, San Francisco y el Palmar. ARTICULO 3ª.- Los hitos delimitatorios serán fijados por el Instituto Geográfico Militar, de acuerdo al Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950. ComunÃquese al Poder Ejecutivo para los fines Constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 13 de diciembre   de 1960. Fdo. Gualberto Olmos., Presidente del H. Senado Nacional; E. Ayala Mercado, Presidente de la Cámara de Diputados; F. Ayala Requena., Senador Secretario; Ciro Humboltd, Senador Secretario; Guillermo Muñoz de la Barra., Diputado Secretario; Armando Mollinedo Diputado Secretario. POR TANTO: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los  veinte dÃas del mes de diciembre  de mil novecientos sesenta años