- Créase la Provincia Tomás Barrón en el departamento de Oruro, con capital Eucaliptus, la misma que comprenderá en su jurisdicción las poblaciones de Quelcata, Alcamarca,
Machacamarca, Taucamarca, Huscaroma y Amachuma. Los límites de la nueva provincia, son los siguientes: al norte, con la provincia Aroma; al este, con Panduro y Vilavila; al sur, con Soledad; y, al
Oeste, con La Joya.
ARTICULO 2
.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al artículo 6 del decreto supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones de la nueva provincia,
levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 26 de febrero de 1980.
Fdo. H. Walter Guevara Arze, PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL HONORABLE SENADO NACIONAL.- H. José Zegarra Cerruto, PRESIDENTE HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS.- H. Benjamin Miguel Harb,
SENADOR SECRETARIO.- H. William Bluske Castellanos, SENADOR SECRETARIO.- H. Jorge Alderete Rosales, DIPUTADO SECRETARIO.- H. Justiniano Ninavia Colque, DIPUTADO SECRETARIO.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de marzo de mil novecientos ochenta años.
Fdo. Lydia Gueiler Tejada, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPUBLICA.