Ley 452 1966-1969 Descarga el documento AUTORIZA A LA ALCALDIA MUNICIPAL DE TARIJA ADQUIRIR UN PRESTAMO DEL BANCO NACIONAL PARA LA PROSECUCION DE OBRAS DE PAVIMENTACION GARANTIZADO POR LOS INGRESOS DE CORAMBRE Y OTROS. LEY DE 27 DE DICIEMBRE DE 1968 GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA; ARTICULO PRIMERO.- Se autoriza a la H. AlcaldÃa Municipal de Tarija, para obtener un empréstito del Banco Nacional de Bolivia, por la suma de Pesos Bolivianos Doscientos Mil, con destino a la prosecución de las obras de pavimentación y ampliación del Mercado Central de dicha ciudad. ARTICULO SEGUNDO.- El empréstito a que se refiere el artÃculo anterior será garantizado con los ingresos que por concepto de la Corambre y otros impuestos percibe la indicada AlcaldÃa. ComunÃquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional. La Paz, 12 de diciembre de 1968. Fdo. Manfredo Kempff Mercado, Presidente del H. Senado Nacional; Franz Ondarza Linares, Presidente de la H. Cámara de Diputados; Oscar OrtÃz Avaroma, Senador Secretario; Mario Olaguivel Cassón, Senador Secretario; Germán Vargas MartÃnez, Diputado Secretario; Alfredo Calvo Vera, Diputado Secretario. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete dÃas del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y ocho años.  Â