Ley 422 1968-1969 Descarga el documento AUTORIZA AL COMITE DE OBRAS PUBLICAS DE SANTA CRUZ LA CONTRATACION DE SERVICIOS DE CONSULTORES ESPECIALIZADOS PARA EL ESTUDIO POR UN AÑO, PARA LA TRANSFORMACION DEL CITADO COMITE EN UNA CORPORACION DE DESARROLLO. LEY DE 19 DE NOVIEMBRE DE 1968 GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA: ARTICULO UNICO.- AutorÃzase al Comité de Obras Públicas de Santa Cruz para que contrate los servicios de consultores especializados, sean estos nacionales o extranjeros, con el objeto de efectuar un estudio en el término máximo de un año a partir de la promulgación de la presente Ley, para transformar a dicho Comité en una Corporación de Desarrollo, que deberá impulsar el desarrollo integral del Departamento, con miras a un racional aprovechamiento de los recursos naturalesy a la creación de nuevas fuentes de financiación y trabajo, sin abandonar las obras especÃficas que motivaron su creación y compromisos contraÃdos por el Comité. ComunÃquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales. Sala de sesiones del H. Congreso Nacional La Paz, 30 de octubre de 1968. Fdo. Manfredo Kempff Mercado, Presidente del H. Congreso Nacional;  Franz Ondarza Linares, Presidente de la H. Cámara de Diputados; Oscar OrtÃz Avaroma, Congresal Senador Secretario; Alberto Salcedo Pizarroso, Senador Secretario; Germán Vargas MartÃnez, Diputado Secretario, Iván Angulo Flores, Diputado Secretario. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez y nueve dÃas del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y ocho años