Ley 2740 2003-2005

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<h1 class="c1"><label>DECLARA A LA FIESTA DEL AJI CHUQUISAQUEÑO COMO PATRIMONIO CULTURAL, INTANGIBLE Y ORAL DE LA REPUBLICA</label> </h1> <p style="text-align:justify"><label><small>LEY N° 2740 <strong>LEY DE 28 DE MAYO DE 2004 HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA</strong></small></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><small><strong>Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA: <small>ARTICULO 1°.-</small></strong></small></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><small>Declárase a la "Fiesta del Ají Chuquisaqueño", como Patrimonio Cultural, Intangible y Oral de la República, que se realizará en el Gobierno Municipal de Padilla del Departamento de Chuquisaca. <small>ARTICULO 2°.-</small></small></label> </p> <p style="text-align:justify"><label>El Poder Ejecutivo, a través de los Ministerios respectivos, queda encargado del cumplimiento de la presente Ley. <strong>Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de mayo de dos mil cuatro años. Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Roberto Fernández Orosco, Fernando Rodríguez Calvo. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil cuatro años. FDO. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, José Antonio Galindo Neder, Horst Grebe López</strong></label> </p>