Ley 2737 2003-2005

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<h1 class="c2"><label>AUTORIZA AL PODER EJECUTIVO TRANSFERIR, EN FAVOR DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE MONTEAGUDO, VARIOS BIENES INMUEBLES</label> </h1> <p style="text-align:justify"><label><small>LEY N° 2737 <strong>LEY DE 28 DE MAYO DE 2004 HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA</strong></small></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><small><strong>Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA: <small>ARTICULO 1°.-</small></strong></small></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><small>De conformidad con el Artículo 59°, atribución 7a, de la Constitución Política del Estado, se autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda transferir, en favor del Gobierno Municipal de Monteagudo, a título gratuito, los siguientes inmuebles. <strong>a) Inmueble de ex Banco del Estado, ubicado en la Plaza 20 de agosto, número 24 y 25 de la ciudad de Monteagudo, más el equipamiento de sus activos, destinados a la Casa de la Cultura de Monteagudo. b) Inmueble del ex Banco Agrícola de Bolivia, ubicado en la calle Sucre número 707 de la ciudad de Monteagudo, más el equipamiento de sus activos, con destino al sector salud y educación de Monteagudo. c) Planta y predios de la ex Cooperativa Nacional Desgrasadora Limitada (CONALDE LTDA), con una superficie de 21 Has, ubicadas en la zona Sur de Monteagudo, con destino al Matadero y otras instalaciones municipales para el mencionado Municipio. <small>ARTICULO 2°.-</small></strong></small></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><small>Toda disposición contraria a la presente Ley, queda sin efecto a la publicación de la misma. <strong>Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de mayo de dos mil cuatro años. Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Roberto Fernández Orosco, Fernando Rodríguez Calvo. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de mayo de dos mil cuatro años. FDO. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA, José Antonio Galindo Neder.</strong></small></label> </p>