Ley 2695 2003-2005

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<h1 class="c2"><label>DECLARA DE PRIORIDAD REGIONAL ELMEJORAMIENTO Y APERTURA DE CAMINOS QUE INDICA EN EL DEPARTAMENTO DE POTOSI</label> </h1> <p style="text-align:justify"><label><small>LEY N° 2695 <strong>LEY DE 18 DE MAYO DE 2004 CARLOS D. MESA GISBERT PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA</strong></small></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><small><strong>Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA: <small>            ARTICULO 1°.-</small></strong></small></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><small>Declárase de prioridad regional el mejoramiento y apertura de caminos carreteros de Cruz Mayu - Chejche, Inquirí - Turuchipa, Melena - Tambillos Wayllajara, Tambillos, Lajas; Cruce de Chinóle - Kalapaya, Potolo - Yaguacarí Aisapana; Challviri - Tacobamba, Tambillos Tacobamba, Tambillos - Tapifaya y Millares - Tiquibuco de las Provincias José María Linares y Cornelio Saavedra del Departamento de Potosí. <small>           ARTICULO 2°.-</small></small></label> </p> <p style="text-align:justify"><label>El Poder Ejecutivo, a través de la Prefectura de Potosí, y los Gobiernos Municipales de las Provincias José María Linares y Cornelio Saavedra, quedan encargados de gestionar los recursos económicos tanto internos y externos, para su ejecución. <strong>Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los seis días del mes de mayo de dos mil cuatro años. Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Teodoro Valencia Espinoza, Fernando Rodríguez Calvo. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de mayo de dos mil cuatro años. FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Jorge Urquidi Barrau</strong></label> </p>