Ley 2675 2003-2005 Descarga el documento LEY N° 2675 LEY DE 23 DE ABRIL DE 2004 HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: El HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA:          ARTICULO 1°.- Declárase Patrimonio Histórico y Monumento Nacional, a la casa donde nació el Héroe del FortÃn Sorpresa, Sgto. Froilán Tejerina, ubicada en la Comunidad de Guayabillas, Primera Sección de la Provincia Arce del Departamento de Tarija. ARTICULO 2° .-  Autorizase a la Prefectura de Tarija, la asignaciòn de recursos en su presupuesto de inversiòn, destinados a la rehabilitaciòn del inmueble señalado en el Artìculo anterior donde se implementarà el Museo Departamental de la Guerra del Chaco. Remitase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinte dìas del mes de abril de dos mil cuatro años FDO. HORMADO VACA DÃŒEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA., Antonio Galindo Neder Ministro de la Presidencia.