Ley 2660 2003-2005

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<h1 class="c2"><label>AUTORIZA A LA UNIVERSIDAD AUTONOMA JUAN MISAEL SARACHO LA VENTA O PERMUTA DE LOS PREDIOS DE PROPIEDAD DE LA MISMA, UBICADAS EN LA AVENIDAD DOMINGO PAZ DE TARIJA</label> </h1> <p style="text-align:justify"><label><small>LEY N° 2660 LEY <strong>DE 23 DE ABRIL DE 2004 HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPUBLICA</strong></small></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><small><strong>Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA: <small>ARTICULO 1°.-</small></strong></small></label> </p> <p style="text-align:justify"><label><small>De conformidad con la atribución conferida por el Artículos 59°, atribución 7a, de la Constitución Política del Estado, se autoriza a la Universidad Autónoma "Juan Misael Saracho" la venta o permuta de los predios de propiedad de la misma, ubicadas en la Avenida Domingo Paz y donde actualmente funcionan las Facultades de Ciencias Económicas y Financieras además de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Predios que según valuación efectuada, ascienden al monto estimado de Dólares Americanos 1.598.400.- con el objetivo de continuar construyendo la ciudad universitaria, con el propósito de aglutinar en un solo campus universitario permitiendo el ahorro de importantes recursos que actualmente se destinan al pago de personal, servicios y otros. <small>ARTICULO 2°.-</small></small></label> </p> <p style="text-align:justify"><label>Los recursos obtenidos por la venta o permuta serán aplicados en infraestructura, quedando expresamente prohibida su utilización en gasto comente. <small>ARTICULO 3°.-</small></label> </p> <p style="text-align:justify"><label>El procedimiento administrativo de la transferencia, estará sujeto a lo dispuesto por las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios. <strong>Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinte día del mes de abril de dos mil cuatro años. Fdo. Gonzalo Chirveches Ledezma Presidente en Ejercicio Honorable Senado Nacional, Osear Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Femando Rodríguez Calvo, Roberto Fernández Orosco. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de abril de dos mil cuatro años. FDO. HORMANDO VACA DIEZ VACA DIEZ PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA, José Antonio Galindo Neder, Javier Gonzalo Cuevas Argote, Donato Ayma Rojas.</strong></label> </p>