Ley 2604 2003-2005

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<h1 class="c1"><label>DECLARA PATRIMONIO ECOLOGICO Y NATURAL LA LAGUNA SUAREZ EN TRINIDAD</label> </h1> <p style="text-align:justify"><strong><label><small>LEY Nº 2604 <strong>LEY DE 18 DE DICIEMBRE DE 2003 CARLOS D. MESA GISBERT PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA</strong></small></label></strong> </p> <p style="text-align:justify"><strong><label><small>Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: <strong>EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA: <small>ARTICULO 1°.-</small></strong></small></label></strong> </p> <p style="text-align:justify"><strong><label>Se declara Patrimonio Ecológico y Natural, la "LAGUNA SUAREZ" en su extensión de 614.39 hectáreas, con las colindancias respectivas señaladas en los Planos Anexos. <small>ARTICULO 2°.-</small></label></strong> </p> <p style="text-align:justify"><strong><label>Declárase de prioridad nacional y regional, la protección y conservación de la "Laguna Suárez", ubicada a 5 Km. de la ciudad de Trinidad. <strong>Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinticinco días del mes noviembre de dos mil tres años. Fdo. Hormando Vaca Díez Vaca Díez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Juan Luis Choque Armijo, Fernando Rodríguez Calvo, Roberto Fernández Orosco Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de diciembre de dos mil tres años. FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Jorge Cortés Rodríguez.</strong></label></strong> </p>