Ley 2526 2003-2005

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<table> <tr> <td> <h1 class="c1"><label>DECLARA DE PRIORIDAD REGIONAL, LA PROTECCION Y CONSERVACION DE LA LAGUNA DE COTAPACHI, COMO PATRIMONIO NATURAL Y ECOLOGICO DEL MUNICIPIO DE QUILLACOLLO</label> </h1> <strong><label><small>LEY Nº 2526 <strong>LEY DE 24 DE OCTUBRE DE 2003 CARLOS D. MESA GISBERT PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA</strong></small></label></strong> <p style="text-align:justify"><strong><label><small>Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: <strong>EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA: <small>ARTICULO 1°.-</small></strong></small></label></strong> </p> <p style="text-align:justify"><strong><label>Declárase de prioridad regional, la protección y conservación de la Laguna de Cotapachi, así como su área de taponamiento como patrimonio natural y ecológico del Municipio de Quillacollo del Departamento de Cochabamba. <small>ARTICULO 2°.-</small></label></strong> </p> <p style="text-align:justify"><strong><label>Los límites naturales de la Laguna de Cotapachi son: al Norte con la Serranía del Calvario de Cotapachi, al Sud con la Serranía de Cotapachi, al este con el camino a ZOFRACO (Zona Franca de Cochabamba) y al Oeste con la Serranía de Caramarca. <small>ARTICULO 3°.-</small></label></strong> </p> <p style="text-align:justify"><strong><label>El Gobierno Municipal de Quillacollo, queda encargado de la ejecución y cumplimiento de la presente Ley, así como de la gestión de demarcaciones y delimitaciones de las coordenadas geográficas. <strong>Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de septiembre de dos mil tres años. Fdo, Normando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi Hodgkinson, Marcelo Aramayo P., Roberto Fernández Orosco, Teodoro Valencia Espinoza. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de octubre de dos mil tres años. FDO. CARLOS D. MESA GISBERT, José Antonio Galindo Neder, Jorge Cortés Rodríguez, Roberto Barbery Anaya.</strong></label></strong> </p> </td> </tr> </table>