Ley 2473 2002-2003

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<h1 class="c1"><label>APRUEBA Y RATIFICA CONVENIO CON ESPAÑA, SOBRE EL EJERCICIO DE ACTIVIDADES REMUNERADAS</label> </h1> <p style="text-align:justify"><strong><label><small>LEY Nº 2473 <strong>LEY DE 20 DE JUNIO DE 2003</strong></small></label></strong> </p> <p style="text-align:justify"><strong><label><small>GONZALO SANCHEZ DE LOZADA <strong>PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA</strong> </small></label></strong> </p> <p style="text-align:justify"><strong><label>Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: <small>EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL <strong>D E C R E T A: </strong></small></label></strong> </p> <p style="text-align:justify"><strong><label><small>ARTICULO UNICO.-</small></label></strong> </p> <p style="text-align:justify"><strong><label>De acuerdo con el artículo 59º, numeral 12ª , de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el acuerdo suscrito entre la República de Bolivia y el reino de España. Sobre el Libre Ejercicio de Actividades Remuneradas para Familiares Dependientes del Personal Diplomático, Consular, Administrativo y Técnico de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, suscrito en Madrid (España), el 26 de julio de 2002. <strong>Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales. Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes de junio de dos mil tres años. Fdo. Mirtha Quevedo Acalinovic, Guido Añez Moscoso, Enrique Urquidi Hodgkinson, Gonzalo Chirveches Ledezma, Erick Reyes Villa Bacigalupi, Adolfo Añez Ferreira. Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República. Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de junio de dos mil tres años. FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, carlos saavedra Bruno, José Guillermo Justiniano Sandoval, Juán Walter Subirana Suárez.</strong></label></strong> </p>